
Pluralismo Jurídico
Se refiere a la coexistencia de distintos sistemas jurídicos dentro de una misma sociedad, incluyendo tanto los marcos legales estatales como los consuetudinarios, religiosos o comunitarios.
Reconoce que el derecho no se limita al Estado, sino que también surge de las prácticas y normas sociales de los pueblos y comunidades. (Palmou Fontana, 2024; De Sousa Santos, 2010).
RELACIÓN CON OTROS CONCEPTOS:
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Se vincula con Derecho porque reconoce que las normas jurídicas reflejan las formas culturales de cada grupo.
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Se relaciona con Justicia y Legalidad, al cuestionar si el sistema estatal representa verdaderamente a todos los sectores sociales.
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Tiene conexión con Derechos Humanos, ya que promueve el respeto a las formas jurídicas propias de los pueblos originarios.
EJEMPLO PRÁCTICO:
En México, el artículo 2° constitucional reconoce los sistemas normativos indígenas, permitiendo que comunidades originarias regulen su vida interna conforme a sus costumbres, siempre que respeten los derechos humanos.
Por ejemplo, en Oaxaca, varias comunidades eligen a sus autoridades mediante usos y costumbres, coexistiendo con las leyes estatales.
BIBLIOGRAFÍA:
Fabra Zamora, J. L., & Núñez Vaquero, Á. (Eds.). (2015). Enciclopedia de filosofía y teoría del derecho (Vol. 1). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas.