Pluralismo Jurídico


Se refiere a la coexistencia de distintos sistemas jurídicos dentro de una misma sociedad, incluyendo tanto los marcos legales estatales como los consuetudinarios, religiosos o comunitarios.


Reconoce que el derecho no se limita al Estado, sino que también surge de las prácticas y normas sociales de los pueblos y comunidades. (Palmou Fontana, 2024; De Sousa Santos, 2010). 


RELACIÓN CON OTROS CONCEPTOS:

  • Se vincula con Derecho porque reconoce que las normas jurídicas reflejan las formas culturales de cada grupo.

  • Se relaciona con Justicia y Legalidad, al cuestionar si el sistema estatal representa verdaderamente a todos los sectores sociales.

  • Tiene conexión con Derechos Humanos, ya que promueve el respeto a las formas jurídicas propias de los pueblos originarios.


EJEMPLO PRÁCTICO: 
 

En México, el artículo 2° constitucional reconoce los sistemas normativos indígenas, permitiendo que comunidades originarias regulen su vida interna conforme a sus costumbres, siempre que respeten los derechos humanos.


Por ejemplo, en Oaxaca, varias comunidades eligen a sus autoridades mediante usos y costumbres, coexistiendo con las leyes estatales. 


BIBLIOGRAFÍA: 


Fabra Zamora, J. L., & Núñez Vaquero, Á. (Eds.). (2015). Enciclopedia de filosofía y teoría del derecho (Vol. 1). Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas. 




 


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